Colombia: límite al efectivo en compras de alto valor

Qué propone el Estatuto Antiterrorista para los pagos en efectivo

El Gobierno de Abelardo De la Espriella quiere que las compras de alto valor dejen de cerrarse con billetes en la mano. La propuesta, incluida en el proyecto de Estatuto Antiterrorista que el Ejecutivo llevará al Congreso, busca que operaciones como la compra de viviendas, vehículos y lotes pasen obligatoriamente por el sistema financiero, donde queda un registro rastreable del origen y el destino del dinero.

El objetivo declarado es cortarle el paso a los recursos que financian estructuras armadas. La lógica es simple: una transferencia bancaria deja huella, un fajo de efectivo no.

Todavía no se conocen los umbrales exactos, las operaciones cobijadas ni las excepciones del texto final. Eso significa que hoy no hay ninguna restricción vigente: es un borrador que debe pasar por el Congreso antes de convertirse en obligación legal.

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Por qué el sector financiero respalda la medida

El respaldo de la banca fue explícito. Jonathan Malagón, presidente de Asobancaria, afirmó que "el sector financiero colombiano celebra que el Gobierno Nacional estudie limitar los pagos en efectivo en compras de alto valor como parte del Estatuto Antiterrorista".

Malagón señaló que las operaciones de compra de apartamentos, carros y lotes deben contar con mecanismos para rastrear el origen de los recursos. Para la banca, la medida no solo endurece el control del lavado: también empuja volumen transaccional hacia el sistema formal, donde cada operación genera comisiones, datos y clientes identificados.

El exsuperintendente financiero Augusto Acosta coincide en el diagnóstico. "Todo lo que obligue de alguna forma a que ciertos movimientos se tramiten a través de los canales institucionales del sector financiero, ayuda sin duda ninguna al control de todas las operaciones", explicó. Para Acosta, la trazabilidad es la diferencia central entre una transacción bancaria y una que se hace en efectivo.

El obstáculo real: una economía que se mueve en billetes

El problema de diseño es de escala. Según las cifras que mencionó Acosta, entre 70% y 75% del Producto Interno Bruto de Colombia se movería en efectivo. Es un dato que cambia por completo la conversación: no se trata de regular un nicho, sino de intervenir sobre la forma en que se paga en la mayor parte de la economía.

Ese tamaño impone un equilibrio delicado. Si el umbral es demasiado bajo, golpea transacciones legítimas de comercios, agricultores y pequeños negocios que operan en cash por costumbre o por falta de infraestructura. Si es demasiado alto, la medida pierde mordida frente a las operaciones ilícitas.

"Vistos todos los montos que se transan en todo este cuento, tampoco puede uno pensar en poner unos montos demasiado restrictivos", advirtió Acosta, quien además aclaró que no existe una regla técnica que permita definir con claridad cuál debería ser el monto adecuado. Esa ausencia de referencia es, en la práctica, el corazón del debate.

Qué hacen otros países con los pagos en efectivo

Las restricciones al efectivo no son una invención colombiana. Distintos países combinan límites por operación, obligaciones de identificación y reportes a la autoridad tributaria. Los modelos varían según el tipo de transacción y la jurisdicción.

  • México: la legislación antilavado fija límites al efectivo en operaciones específicas. Para compraventa de inmuebles el umbral señalado es de 8.025 unidades de medida y actualización (UMA), y para vehículos de 3.210 UMA.
  • Argentina: la Ley 25.345 establece que ciertos pagos por encima de los montos legales deben hacerse mediante transferencias, depósitos bancarios o tarjetas.
  • Estados Unidos: no existe prohibición general de pagar en efectivo por encima de US$10.000, pero las empresas deben reportar al IRS los pagos en efectivo que superen ese monto mediante el formulario 8300.
  • España: límite de 1.000 euros cuando alguna de las partes actúa como empresario o profesional; 10.000 euros para particulares sin domicilio fiscal en el país que no actúen profesionalmente.
  • Francia: tope general de 1.000 euros para residentes fiscales franceses y 15.000 euros para no residentes, con reglas distintas entre particulares.
  • Alemania: sin límite general, pero exige identificar al comprador y documentar sus datos en operaciones comerciales de 10.000 euros o más.
  • Brasil: obliga a reportar a la autoridad tributaria operaciones pagadas en efectivo por valores iguales o superiores a R$30.000.
  • Unión Europea: desde julio de 2027 aplicará un límite general de 10.000 euros en las operaciones comprendidas por la nueva normativa, con excepciones entre particulares.

El patrón es claro: casi ningún país prohíbe el efectivo. Lo que hacen es obligar a que ciertas operaciones dejen rastro, ya sea limitando el medio de pago, identificando al comprador o reportando el movimiento.

El Estatuto va más allá del efectivo

La restricción al cash es una pieza de un rompecabezas más grande. Según el análisis del proyecto publicado por Infodefensa, el Estatuto Antiterrorista crea un Registro Nacional de Organizaciones y Actores Terroristas, cuya inclusión tendría efectos jurídicos, financieros y administrativos sobre la organización, sus mandos, redes de apoyo, financiadores y activos.

El componente financiero apunta a intervenir todo el ciclo del dinero proveniente del narcotráfico, la minería ilegal, la extorsión y el contrabando. El texto también contempla un Alto Comisionado contra el Terrorismo para coordinar inteligencia, justicia, Fuerza Pública y entidades financieras, y aborda amenazas tecnológicas como el uso de drones y la interferencia de señales de navegación.

Para el ecosistema emprendedor, la señal relevante es que la trazabilidad financiera deja de ser un tema exclusivo de cumplimiento bancario y se convierte en política de Estado.

¿Qué significa esto para tu startup?

Si tu negocio mueve dinero —una fintech, un marketplace, una proptech, una concesionaria digital— este debate te toca directamente, incluso antes de que exista una ley.

1. Prepárate para un KYC más exigente, no para una prohibición. Ningún texto aprobado obliga hoy a nada. Pero la dirección es inequívoca: más operaciones dentro del sistema formal significa más presión sobre los procesos de conocimiento del cliente, verificación de origen de fondos y reporte de operaciones inusuales. Si tu onboarding hoy se resuelve con un documento y una selfie, es buen momento para auditar cuánto de tu flujo podría quedar expuesto a un escrutinio mayor.

2. Piensa en el segmento que hoy paga en efectivo. Con 70%-75% del PIB moviéndose en billetes, cualquier umbral que se fije va a empujar a un grupo de compradores y vendedores hacia canales digitales. Ahí hay oportunidad: soluciones de pago para transacciones de alto valor, escrow digital, verificación de identidad y herramientas de cumplimiento para notarías, concesionarios e inmobiliarias. El que resuelva la fricción de pasar del efectivo al registro con la menor fricción posible, gana ese flujo.

3. Vigila el umbral, no el titular. El alcance real de la medida se decidirá en el Congreso y dependerá de tres variables: qué bienes quedan cobijados, cuál es el monto de corte y qué excepciones se establecen. Esas tres definiciones son las que determinan si tu producto necesita adaptarse o no.

Conclusión

La propuesta de limitar el efectivo en compras de alto valor es, antes que una medida antiterrorista, una apuesta por la trazabilidad como infraestructura del Estado. El respaldo de Asobancaria y el diagnóstico de Acosta muestran un consenso técnico sobre el principio; el desacuerdo vendrá en los números.

Para los founders, la lectura práctica es que el efectivo en Colombia tiene los años contados como medio de pago para operaciones grandes, y que ese desplazamiento abre mercado para quien sepa construir la capa de confianza y cumplimiento que lo haga viable. La ley todavía no existe, pero la dirección ya está trazada.

Fuentes

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