Qué cambió el Decreto 1228/2026
El Decreto 1228/2026, publicado en el Boletín Oficial, postergó la entrada en vigencia de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL) hasta el 1 de diciembre de 2026, un mes después del 1 de noviembre que había fijado el Decreto 408/2026. Es la segunda prórroga del régimen: la fecha original era el 1 de junio de 2026, así que el Gobierno todavía se mantiene dentro del plazo máximo de seis meses que autorizaba la ley.
El segundo cambio es el que realmente mueve la caja de las empresas: el período de carencia pasó de seis a doce períodos mensuales completos y consecutivos. Y el reloj no arranca cuando la empresa abre su cuenta, sino en el mes calendario en que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) registre la integración efectiva de la primera contribución al fondo.
La prórroga llega tras un pedido de la Comisión Nacional de Valores (CNV), canalizado a través de las cámaras que representan a los fondos comunes de inversión, los fideicomisos y los agentes de bolsa.
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El FAL es un esquema de capitalización obligatorio creado por la Ley de Modernización Laboral 27.802. Su objetivo es que las empresas privadas acumulen una reserva con aportes mensuales para afrontar futuras indemnizaciones cuando termina un vínculo laboral.
Las alícuotas son dos, según el tamaño del empleador:
- 2,5% para MiPyMEs y entidades sin fines de lucro que cumplan los requisitos.
- 1% para el resto de los empleadores privados alcanzados.
El detalle clave, según iProfesional, es que no se trata de un cargo adicional: el importe se detrae de lo que hoy va al SIPA, al PAMI, al Fondo Nacional de Empleo y al Régimen Nacional de Asignaciones Familiares. Es decir, no sube el costo laboral total, pero sí redirige parte de las contribuciones patronales.
El dinero se acredita en una cuenta individual por empleador, administrada por vehículos autorizados y supervisados por la CNV: fondos comunes de inversión abiertos o fideicomisos financieros. El Decreto 408/2026 establece que solo pueden invertirse en instrumentos emitidos y negociados en Argentina.
En un informe enviado a clientes el 23 de septiembre, los analistas de Inviú describieron la cuenta como un patrimonio separado, independiente, inembargable e inalienable, con un fee máximo anual del 1% y rendimientos exentos de Ganancias. También remarcaron que el empleador no está obligado a usar los fondos: puede conservar la reserva y pagar con capital propio.
La cobertura incluye indemnizaciones por despido, preaviso e integración, siempre que el trabajador haya estado registrado al menos 12 meses antes de la extinción del vínculo.
Por qué el Gobierno volvió a postergar el FAL
Los considerandos del decreto apuntan a la complejidad operativa del régimen y a la necesidad de que los fondos acumulen un patrimonio inicial suficiente. El Ejecutivo sostiene que la modificación busca asegurar solvencia, liquidez y estabilidad financiera durante la etapa de lanzamiento, sin alterar los objetivos centrales de la ley.
Infobae identificó a los actores que pidieron el corrimiento: la Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión, la Cámara Argentina de Fideicomisos y Fondos de Inversión Directa en Actividades Productivas y la Cámara de Agentes de Bolsa. El argumento fue que todavía hay que ajustar procesos informáticos y operativos para que el sistema funcione de manera integral.
El telón de fondo es macro. El empleo privado registrado cayó por 14° mes consecutivo en julio: 12.716 puestos menos que el mes anterior (0,2%) y 134.034 empleos perdidos en lo que va del año (2,2%). En paralelo, el Sector Público Nacional acumuló a septiembre un superávit primario de 1,2% del PBI, apenas 0,2 puntos porcentuales por debajo de la meta acordada con el FMI.
Y está el costo fiscal. En un informe de febrero, el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF) calculó que el costo fiscal directo anual del FAL oscila entre 0,37 y 0,46 puntos del PBI, de acuerdo con el escenario que se considere, según Infobae. El medio gremial Líneas Sindicales publicó otro dato en la misma línea: el secretario de Hacienda, Carlos Guberman, reconoció que la puesta en marcha del FAL provocará una caída en los recursos de la seguridad social equivalente a 0,23 puntos del PBI.
La resistencia política también pesa. La diputada Vanesa Siley presentó un proyecto para derogar el Título II de la Ley 27.802, y ATE sostiene que el mecanismo desfinancia el sistema previsional en al menos USD 3.000 millones anuales, según Líneas Sindicales.
Qué trámites tiene que completar tu empresa antes de diciembre
La puesta en marcha exige coordinación entre el Ministerio de Economía, la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la CNV y ARCA. En el plano operativo, esto es lo que tu equipo administrativo y contable debería resolver:
- Tramitar el ID FAL: es un identificador asociado a la cuenta individual. Sin él, ARCA puede comunicar la situación a la CNV para que asigne una cuenta de oficio, y hasta entonces los importes recaudados quedan sin imputación específica.
- Informar el sector en Simplificación Registral: los empleadores del sector público quedan excluidos del régimen.
- Verificar el certificado MiPyME vigente y la situación ante ARCA si se quiere aplicar la alícuota del 2,5% en lugar del 1%.
- Abrir la cuenta en una entidad habilitada por la CNV y comparar el fee de administración, que tiene tope del 1% anual.
- Revisar el formulario F. 931 y el VEP: la Declaración en Línea calcula automáticamente el importe del FAL y ajusta las alícuotas de los demás subsistemas.
- Consultar las disposiciones actualizadas de ARCA: la fecha de entrada en vigencia y el primer período devengado que hay que declarar no son necesariamente lo mismo.
Un punto que suele pasarse por alto: la normativa contempla intereses y sanciones por declaraciones o pagos fuera de término, conforme a la Ley de Procedimiento Tributario 11.683 y la Ley 17.250.
Qué significa esto para tu startup
Si eres una PyME argentina, la lectura corta es que tienes un mes más de aire y un año entero de aportes antes de poder tocar el fondo. Eso cambia el cálculo de tesorería: durante los primeros doce meses, la reserva existe pero no es utilizable para pagar una indemnización, así que la contingencia por desvinculaciones sigue viviendo en tu capital de trabajo.
La segunda lectura es de eficiencia fiscal. El aporte no suma costo laboral porque sale de las contribuciones que ya pagas. Lo que sí cambia es el destino: en lugar de ir al sistema previsional, va a un fondo que se valoriza, genera rendimientos exentos de Ganancias y queda a nombre de tu empresa. Para una compañía con rotación de personal y sin espalda financiera para un juicio laboral, contar con una reserva separada es distinto de no tenerla.
Tres acciones concretas que puedes ejecutar esta semana:
- Definir tu alícuota antes de diciembre. Revisa tu encuadre y tu certificado MiPyME. La diferencia entre 1% y 2,5% sobre la base de contribuciones patronales es material en la planificación anual de una PyME.
- Asignar un responsable al trámite del ID FAL y de la cuenta individual. Es el cuello de botella más probable: sin identificador válido, los aportes quedan sin imputación.
- Actualizar la proyección de egresos laborales a 24 meses. Con carencia de 12 meses, el fondo no te cubre el primer año de aportes. Si tu plan de reducción de plantilla está en ese horizonte, la cobertura no llegará a tiempo.
Conclusión
El FAL sigue en pie: se corre un mes y se hace más exigente el acceso al dinero. Para el Gobierno, la demora compra margen fiscal en un año con caída del empleo registrado y una meta con el FMI ajustada. Para las empresas, el mensaje práctico es que el calendario operativo arranca igual y que conviene llegar a diciembre con la cuenta abierta, el ID FAL tramitado y la alícuota verificada. Quien deja los trámites para el último mes es el que después lidia con retenciones sin imputar y con intereses.
Fuentes
- Milei posterga un mes la llegada de los fondos FAL: qué cambia y motivos de la nueva prórroga - Bloomberg Línea
- Fondo de Asistencia Laboral: cómo funcionará el sistema para pagar indemnizaciones - iProfesional
- Postergaron la entrada en vigencia del FAL, el fondo para pagar indemnizaciones laborales - Infobae
- Fondos FAL: el BCRA permitirá a bancos invertir en FCI autorizados - Bloomberg Línea
- Reforma laboral: cuál será el costo fiscal del proyecto - Infobae
- El gobierno postergaría un mes el inicio del esquema para el pago de indemnizaciones - Líneas Sindicales
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