La DIAN puso la lupa sobre COP$1,28 billones en retenciones impagas
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) intensificó su gestión de cobro sobre retenciones en la fuente declaradas y no pagadas. La cartera bajo seguimiento suma COP$1,28 billones repartidos en 330.767 obligaciones: 75.844 personas jurídicas concentran COP$1,24 billones y 2.680 personas naturales suman COP$36.000 millones, según datos oficiales de la entidad reportados por Portafolio.
Las acciones ya están en marcha. La DIAN gestionó 26.926 mandamientos de pago, notificó con oficio persuasivo penalizable a 27.255 contribuyentes, otorgó 1.784 facilidades de pago y, sobre todo, adelantó 35.500 embargos. La campaña combina mensajes de texto, llamadas, recibos de pago y seminarios virtuales para presionar el pago.
Dónde se concentra la mora
La presión de la DIAN no es uniforme en el territorio. Bogotá agrupa más de la mitad de los casos: 173.547 contribuyentes con un saldo pendiente superior a COP$602.616 millones. Le siguen Medellín (60.240 contribuyentes, COP$228.491 millones), Barranquilla (13.736 contribuyentes, COP$67.494 millones), Cartagena (8.220, COP$43.032 millones) y Bucaramanga (9.926, COP$37.363 millones), de acuerdo con el reporte publicado por Portafolio.
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👥 Unirme a la comunidadPara una startup, esto significa que tener clientes, proveedores o empleados radicados en estas ciudades multiplica la probabilidad de quedar dentro del radar de la DIAN, incluso si la operación fiscal propia se gestiona desde otra región.
Por qué las retenciones en la fuente no son "tu plata"
Cuando una empresa practica una retención al pagar honorarios, servicios, compras o salarios, ese dinero no forma parte de su patrimonio. Es un recaudo anticipado de impuestos que el retenedor debe declarar y consignar a la DIAN dentro de los plazos del calendario tributario, y por el que responde directamente ante la autoridad.
Si la retención se declara pero no se paga, la declaración queda en estado de ineficacia. El efecto práctico es que el contribuyente termina como si nunca la hubiera presentado, y la propia DIAN puede usar esa declaración ineficaz como título ejecutivo para abrir cobro coactivo sin más preaviso.
Las consecuencias si no pagas a tiempo
El costo de no consignar lo retenido se acumula en capas sucesivas, como lo detalla Bloomberg Línea:
- Intereses moratorios calculados sobre la tasa de usura vigente, que se causan día a día desde el vencimiento del plazo y hacen crecer la deuda con rapidez.
- Sanciones por extemporaneidad o inexactitud, si además la declaración se presenta tarde o con errores.
- Cobro coactivo y medidas cautelares: la DIAN puede embargar cuentas bancarias, CDT, depósitos, cuentas por cobrar, vehículos e inmuebles sin necesidad de orden judicial, según aclara la propia entidad.
- Responsabilidad penal: el artículo 402 del Código Penal colombiano contempla para el delito de omisión del agente retenedor penas de 48 a 108 meses de prisión y una multa equivalente al doble de las sumas no consignadas.
- Responsabilidad de socios y administradores por las deudas de la sociedad, en ciertos casos.
Un detalle que vale la pena aclarar para evitar confusiones: las tarjetas de crédito no son objeto de embargo, porque su cupo no es dinero del contribuyente sino de la entidad financiera. El embargo recae sobre cuentas bancarias, depósitos y bienes del patrimonio, según reportó AS Colombia a partir de fuentes de la DIAN.
Qué significa esto para tu startup
Para una startup en Colombia, las retenciones en la fuente suelen ser uno de los primeros dolores de cabeza fiscales. El flujo de caja es ajustado, los clientes grandes pagan a 60 o 90 días y, cuando finalmente llega el dinero, la tentación de usar lo retenido como capital de trabajo es enorme, y peligrosa.
El escenario de septiembre de 2026 lo deja claro: la prioridad del recaudo cambió. A julio de 2026, la DIAN había acumulado COP$197,4 billones en impuestos, según su informe mensual reportado por Portafolio, y las estrategias de recuperación de cartera ya generaron COP$18,53 billones dentro de esa cifra. En paralelo, el Gobierno de Abelardo De la Espriella analiza una reforma para reducir a cuatro los impuestos administrados por la DIAN, lo que, según Bloomberg Línea, sugiere que la fiscalización sobre los tributos que quedan se intensificará.
Para una startup, esto se traduce en tres señales concretas:
- No mezclar la plata retenida con la caja del negocio: abrir una cuenta separada desde el primer pago es la única forma de probar que la omisión no fue deliberada, en caso de fiscalización.
- El silencio no funciona: ignorar comunicaciones de la DIAN no detiene el cobro, al contrario, activa medidas cautelares automáticas.
- Hay margen para negociar: las 1.784 facilidades de pago otorgadas por la entidad confirman que está dispuesta a acordar plazos, siempre que se ofrezcan garantías reales o bancarias.
Acciones concretas que puedes tomar esta semana
- Revisa tu estado de cuenta en el portal de la DIAN: identifica declaraciones de retención con saldo pendiente o procesos de cobro abiertos. Es el primer paso para dimensionar la exposición real.
- Separa el dinero retenido desde el momento del pago: una cuenta exclusiva para retenciones elimina la tentación y, en caso de auditoría, funciona como evidencia de buena fe.
- Si ya tienes mora, paga parcialmente cuanto antes: cada peso abonado reduce el capital sobre el cual se liquidan los intereses moratorios, que crecen día a día a tasa de usura.
- Solicita una facilidad de pago si el monto es alto: el Estatuto Tributario permite acuerdos con la DIAN a cambio de garantías. Esta figura suele frenar las medidas cautelares mientras se cumple el acuerdo.
- Corrige errores voluntariamente: si detectaste inconsistencias en declaraciones anteriores, presentar la corrección espontánea reduce la sanción frente a una actuación oficial.
- No ignores una medida cautelar: si ya te embargaron, tienes plazos cortos para presentar excepciones, demostrar inembargabilidad o proponer un acuerdo. Conviene actuar con un contador o abogado tributarista desde el primer día.
El error más común: usar la retención como caja
La DIAN fue explícita: los valores retenidos son "recursos pagados por terceros y recaudados temporalmente por las empresas. Estos recursos no hacen parte de su patrimonio ni pueden ser utilizados como fuente de financiación o caja menor para atender necesidades de liquidez".
En la práctica, este es el patrón que vuelca a muchas startups en mora: un cliente grande paga tarde, el equipo usa lo retenido para cubrir nóminas o proveedores, y cuando llega el plazo de consignación ya no hay caja. El resultado es una declaración ineficaz, intereses a tasa de usura y un expediente de cobro coactivo que puede escalar al plano penal, con penas de 48 a 108 meses de prisión para los representantes legales.
Lo que viene en el calendario tributario 2026
El cronograma de la DIAN para el cierre de 2026 mantiene fechas críticas. La declaración de renta de personas naturales corre entre el 12 de agosto y el 26 de octubre de 2026, según los dos últimos dígitos del NIT, con la UVT fijada para 2026 en COP$52.374, según la guía publicada por Marca. Para las startups, esto significa revisar ya mismo no solo las retenciones atrasadas, sino también anticipos, autorretenciones y la planeación de cierre de año, en un contexto donde la fiscalización tiende a endurecerse.
Fuentes
- Bloomberg Línea — DIAN va por COP$1,28 billones en retenciones impagas
- Portafolio — Dian va por $1,28 billones en retenciones sin pagar: ya adelantó 35.500 embargos
- Actualícese — Dian busca recuperar más de $1,28 billones en retenciones en la fuente
- AS Colombia — Alerta para los contribuyentes: el Gobierno puede embargar sus cuentas y bienes
- Portafolio — Recaudo tributario en Colombia llegó a $197,4 billones a julio de 2026
- Bloomberg Línea — De la Espriella quiere reducir a cuatro los impuestos de la DIAN
- Marca — Impuestos en Colombia 2026: Guía completa de los cambios y nuevas reglas tributarias
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